15 de Julio 2008

¿Fue lícita la negociación Zapatero-Fadesa?

De seguro que nuestro querido Presidente del Gobierno del Reino de España no tuvo tiempo, allá por el mes de noviembre, de consultar, uno a uno, a todos los posibles afectados por la insolvencia de FADESA: Caja de Madrid, la Caixa, Banco Popular, constructores, subcontratistas, agentes urbanizadores, propietarios de suelo con Programas de Actuación Urbanizadora en marcha, compradores de vivienda, etc. Bueno, y a los Ayuntamientos del PP, del PSOE y otros, que seguro que también pueden resultar acreedores de la referida empresa. Claro, que para esas consultas está el mercado, dirá el nene.


Bueno, como doctores tiene esa iglesia, me centro aquí en la conducta con relevancia jurídica de nuestro Presidente del Gobierno del Reino de España, a resultas de las últimas y amañadas elecciones. Y digo lo de amañadas, porque lo fueron. Y si no, que se lo pregunten a los que se van a ir a la calle por la imprudente o ¿Dolosa? Conducta de aquel y que le votaron el 9 de marzo, porque, obviamente, no es lo mismo padecer una crisis económica que ser los unos de la “Champion Li”.


A través Rallo me entero de esto: Promesas de políticos. Fernando Martín, presidente de Fadesa Martinsa, mantuvo en noviembre pasado al menos una larga entrevista personal con José Luis Rodríguez Zapatero, en la cual el presidente del Gobierno, en presencia del entonces director de su Oficina Económica, David Taguas, prometió la ayuda oficial, a través del Instituto de Crédito Oficial (ICO), a la inmobiliaria presidida por Martín, a cambio de que este renunciara a presentar concurso de acreedores antes de las elecciones generales del pasado 9 de marzo.


Si eso es cierto, no consta desmentido alguno, debemos suponer que la promesa realizada por el Presidente del Gobierno del Reino de España, lo fue, previa comunicación por parte de Fernando Martín de la situación de su empresa. Situación de la empresa que, visto su actual nivel de endeudamiento, debía ser desesperada, ya en aquellas fechas.


La reacción lógica de cualquier Funcionario o Autoridad ante lo planteado, no podía ser otra que la invitación o sugerencia a actuar conforme a Ley, que no es otra que la invitación o sugerencia de solicitar concurso voluntario de acreedores, so pena de alargar y agravar la situación de insolvencia en perjuicio de aquellos. Y dado el tamaño de la empresa y de la deuda, además, en perjuicio del interés general. Interés general que sufrirá, a buen seguro, con el encarecimiento o cierre del crédito. Ya veremos si la situación delicada en que, a buen seguro, se van a ver las entidades concedentes a Fernando Martín de los créditos para comprar FADESA a Manuel Jové, no se extiende al conjunto del sistema financiero español.


Sin embargo, el Presidente del Gobierno del Reino de España, ignorando o despreciando dolosamente las terribles consecuencias que necesariamente tenían que derivarse del retraso en la solicitud del concurso, en un entorno de caída de valor de los activos de la empresa, tales como asunción de nuevas obligaciones, crecimiento de las cargas financieras a soportar, etc.., aconsejó, haciendo primar su propio interés y el de su partido, dilatar esa situación, hasta que la misma no hiciera mella en las expectativas electorales de aquél. Y además con la indecorosa propuesta de que, si así lo hiciera, el dinero público, a través del Instituto de Crédito Oficial vendría en auxilio de la empresa.


¿Sólo fue necesaria esa promesa para adoptar la decisión de dilatar tan grave decisión? ¿Hubo renuencia por parte de Fernando Martín para entrar en ese juego? ¿Le fue necesario al Presidente del Gobierno del Reino de España enseñar la patita de la “fuerza del estado”?


En cualquier caso, si en aquella fecha era justa y necesaria, no entro en valoraciones de otro orden, la concesión de aquellas ayudas públicas, ¿A qué esperar a después de las elecciones? Porque si era posible la concesión de esas ayudas públicas y no se hicieron efectivas por mero cálculo electoral, en perjuicio de los acreedores y del interés general, nuestro querido Z ha podido incurrir, como inductor, en el delito contemplado y penado en el artículo 260 del vigente Código Penal. Dice así:


“1. El que fuere declarado en concurso será castigado con la pena de prisión de dos a seis años y multa de ocho a 24 meses, cuando la situación de crisis económica o la insolvencia sea causada o agravada dolosamente por el deudor o persona que actúe en su nombre.”


Por supuesto, salvo mejor criterio.

Pdta.: Es de esperar que Cándido y los sindicatos, cada uno en lo suyo, tengan algo que decir al respecto.

Escrito por Carlos J. Muñoz de Morales en: 15 de Julio 2008 a las 03:31 PM Archivado en Asuntos legales | Corrupción

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